(Composición: El Comercio)
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seguirá en prisión. Luego de tres días de polarización e intenso debate mediático que desató una resolución del , el juez , a cargo del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria, decidió no ejecutar la liberación del exmandatario, quien purga su condena en el penal de Barbadillo.

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El juez Vicente Fernández dispuso: “Declarar improcedente la ejecución de la sentencia (...) de fecha 17 de marzo del 2022, concretamente la libertad del favorecido Alberto Fujimori” y devolvió todos los actuados al TC.

Mira aquí la lectura de la resolución del juez de Ica


, condenado a 25 años de prisión por homicidio calificado y lesiones graves por los casos Barrios Altos y La Cantuta, permanece recluido actualmente en el penal de Barbadillo en el distrito de Ate, en Lima.

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En octubre del 2018, un juzgado de la Corte Suprema peruano declaró la no aplicación del indulto otorgado en el 2017, por lo que posteriormente fue reingresado al establecimiento penitenciario. Y desde entonces se han venido presentando recursos judiciales buscando su nueva excarcelación.


Juez: corresponde al TC evaluar ejecución

En su resolución, el juez Vicente Fernández invoca al Nuevo Código Procesal Constitucional y advierte que tanto en Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Ica, así como la sala superior de esa misma Corte, no declararon fundados los recursos de habeas corpus sino que, por el contrario, los declararon improcedentes.

Así, se indica que “en estricta aplicación de la norma”, “carece de competencia para poder ejecutar la sentencia estimatoria que ha sido expedida por el Tribunal Constitucional, en última y definitiva instancia constitucional”.

“En consecuencia, por mandato legal, corresponde al Tribunal Constitucional, mas no así al juzgado donde se originó la demanda de habeas corpus, según corresponda, emitir pronunciamiento sobre su ejecución de la sentencia estimatoria contenida en la sentencia (…) del 2022, concretamente la libertad del favorecido Alberto Fujimori, al haberse declarado fundado la demanda de habeas corpus en dicha máxima instancia constitucional”, zanja el juez Fernández.

Así las cosas, el magistrado señala que carece de competencias y dispone “que se devuelvan todos los actuados” al TC, “para que se proceda conforme a ley en cuanto a la ejecución de la sentencia”.

El último martes, se publicó una resolución del Tribunal Constitucional en la que se rechazaban dos pedidos de aclaración y, según indicó después ante los medios el propio presidente del tribunal, Francisco Morales, con ello se “despejaba” el camino para que el exmandatario Alberto Fujimori sea liberado.

Ello pues al haberse rechazado los pedidos de aclaración, correspondía entonces simplemente “ejecutar” una sentencia previa del marzo del 2022 —en la que sí se había entrado a analizar el tema de fondo—, de declaraba fundada una demanda de habeas corpus y se disponía la excarcelación inmediata del exmandatario. “La voz del tribunal en mayoría es que hemos retirado los obstáculos para que esta sentencia se cumpla”, dijo Morales.

Con su resolución del martes, además de rechazar los pedidos de aclaración, el TC también remitía todo lo actuado al juez de ejecución del habeas corpus “a fin de que proceda conforme a sus atribuciones”. Ensimisma, la resolución de apenas cinco páginas no era explícita respecto a la excarcelación del exmandatario, lo que lejos de aclarar la situación generó toda una polarización y debate jurídico respecto a si debía proceder o no.

Sobre todo porque en abril del 2022, luego de la emisión de la sentencia del TC a favor de Fujimori, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), como parte de un proceso de supervisión de cumplimiento, dispuso al Estado peruano “abstenerse” de ejecutarla debido a que se no habían cumplido con las “condiciones” establecidas previamente por la corte.

Para algunos especialistas, ello se encuentra a la fecha vigente, pues no hay otra disposición en la que se señale lo contrario. Sin embargo, el propio presidente del TC, Francisco Morales, indicó que si bien los integrantes del máximo intérprete de la Constitución valoran mucho “las opiniones de la corte”, en cuestión de competencia corresponde al tribunal peruano “determinar la libertad de los peruanos en territorio nacional”.

En ese contexto, toda la atención se centraba en lo que resuelva el juez Fernando Vicente Fernández Tapia. El jueves por la mañana, finalmente llegó desde el TC a la Corte Superior de Justicia de Ica el voluminoso expediente de más de 900 páginas; por lo que se esperaba un pronunciamiento en las próximas horas.

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) expresó el viernes su “preocupación ante la reciente decisión del TC que pudiera derivar en la liberación de Alberto Fujimori”, remitiéndose a la decisión del Corte IDH de abril del 2022.

LEE AQUÍ LA RESOLUCIÓN COMPLETA SOBRE ALBERTO FUJIMORI:


Simpatizantes del exmandatario Alberto Fujimori llegaron desde el martes al penal de Barbadillo en Ate. (Foto: Anthony Niño de Guzmán/ @photo.gec)
Simpatizantes del exmandatario Alberto Fujimori llegaron desde el martes al penal de Barbadillo en Ate. (Foto: Anthony Niño de Guzmán/ @photo.gec)