Comisión Especial del Congreso dio a conocer cuadro de méritos del proceso de selección de candidatos aptos para magistrado del Tribunal Constitucional. (Foto: Hugo Curotto / El Comercio)
Comisión Especial del Congreso dio a conocer cuadro de méritos del proceso de selección de candidatos aptos para magistrado del Tribunal Constitucional. (Foto: Hugo Curotto / El Comercio)
/ hugo curotto
Redacción EC

La Comisión Especial del encargada del proceso de selección de candidatos aptos para la elección de magistrado del dio cuenta este miércoles 22 de noviembre del cuadro final de orden de méritos, en el cual obtuvo el primer lugar el postulante Pedro Hernández Chávez.

Finalizado este proceso, el presidente de la comisión, Idelso García Correa (Alianza para el Progreso) solicitó al secretario técnico que proceda a la publicación del cuadro de los candidatos aptos en el diario oficial El Peruano, un diario de circulación nacional y en la página web del Congreso.

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La sesión se inició con la exposición del cuadro final de orden de méritos en forma segmentada. La segmentación consistió en informar los puntajes obtenidos y promediados de acuerdo con los siguientes ítems:

Evaluación curricular: segmentada formación académica, experiencia profesional e investigación en materia jurídica; entrevista personal: segmentada solvencia e idoneidad moral, trayectoria personal e trayectoria democrática.

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De acuerdo con los promedios el cuadro final fue el siguiente:

  1. Pedro Hernández Chávez 95.00 puntos
  2. Hernando Montoya Alberti 83.50 puntos
  3. Justo Balmaceda Quiroz 79.20 puntos
  4. Luis Carrasco García 76.10 puntos

En quinto lugar quedó el candidato Wilber Medina con 67.80 de puntaje; sin embargo, quedó excluido del cuadro y del proceso luego de debatirse y aprobarse una solicitud de exclusión propuesta por la congresista Rosselli Amuruz (Avanza País).

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La legisladora manifestó que dicho postulante incurrió en aseveraciones que no son ciertas durante su entrevista personal y que acreditan su exclusión.

Una de esas aseveraciones fue la negación de un conjunto de procesos judiciales abiertos en el que Medina afirmó estar inmerso en calidad de demandante; sin embargo, de acuerdo con información oficial del Poder Judicial, dichos procesos están vigentes y el postulante se encuentra en calidad de demandado.

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Según Amuruz Dulanto, esto colisiona con el numeral tercero del artículo 11 del reglamento, que señala que, en “caso de comprobarse, en cualquier etapa del procedimiento, falsedad en la declaración, información o documentación presentada, o se advierte que se encuentra incurso en algún impedimento, queda inmediatamente excluido del procedimiento de selección”.

El pedido se aprobó por mayoría, con 7 votos a favor, cero votos en contra y 1 abstención. Esta decisión se convertirá en una resolución de exclusión que será notificada y publicada próximamente.