

El inicio del 2026 trae consigo el primer descanso obligatorio del calendario: el miércoles 1 de enero, que es feriado nacional por Año Nuevo. Según la normativa peruana, todos los empleados del sector público y privado tienen derecho a un descanso pagado por el empleador; no obstante, diversos rubros económicos mantienen sus operaciones, obligando a muchos ciudadanos a cumplir con sus jornadas laborales de forma presencial o remota.
Laborar durante esta festividad no solo implica un esfuerzo adicional, sino que genera el derecho a una compensación económica específica que debe verse reflejada en tu boleta de pago. En el caso de que trabajes en esa fecha, descubre cuánto dinero extra debes recibir en tu próximo sueldo y qué condiciones deben cumplirse para que este pago sea efectivo.
¿CUÁL ES EL MONTO TOTAL QUE DEBEN PAGARTE POR TRABAJAR EL 1 DE ENERO?
Si te toca cumplir con tus funciones el primer día del año y tu jefe no te otorga un día libre para compensarlo después, tu remuneración mensual tendrá un incremento. Para entenderlo de forma sencilla, la ley establece que por ese día festivo laborado debes percibir el valor de tres sueldos diarios.
Esto se explica de la siguiente manera:
- El pago base: Es la parte de tu sueldo mensual que ya cubre el feriado (aunque no lo trabajaras, te lo pagarían).
- El pago por tu servicio: Un monto extra igual a un día de trabajo por haber asistido a laborar.
- La indemnización o sobretasa: Un monto adicional del 100% (otro día de sueldo) como compensación por trabajar en feriado.
En la práctica, si ganas el sueldo mínimo de S/1,130, tu día vale S/37.7. Al trabajar el 1 de enero, recibirás dos “días” adicionales (S/37.7 + S/37.7), por lo que tu sueldo de ese mes subiría a S/1,205.4. Si además trabajaste el 25 de diciembre, el total que recibirás será de S/1,280.8, según explica RPP.

¿QUÉ OCURRE SI LA EMPRESA TE OTORGA UN DESCANSO SUSTITUTORIO?
Existe una situación en la que el pago extra no se aplica. Si tu empleador decide darte un día libre en otra fecha de la semana para compensar el feriado que trabajaste, ya no tienes derecho a recibir el dinero adicional. En este caso, el descanso físico reemplaza al beneficio monetario, y a fin de mes percibirás tu salario habitual sin variaciones.
¿SE CONSIDERA TRABAJO EN FERIADO SI TU TURNO EMPIEZA EL 31 DE DICIEMBRE?
Una regla importante que debes conocer es que no se califica como labor en día feriado si tu jornada de trabajo inicia en un día laborable y termina en la madrugada del festivo. Por ejemplo, si entras a trabajar la noche de la víspera de Año Nuevo (31 de diciembre) y sales temprano por la mañana el 1 de enero, legalmente no se considera que trabajaste en feriado y, por ende, no te corresponde el pago de las sobretasas.

¿EXISTEN SANCIONES PARA LAS EMPRESAS QUE NO CUMPLEN CON ESTE PAGO?
La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) es la entidad encargada de supervisar que estas reglas se respeten. Si una empresa obliga a trabajar en feriado y no entrega el pago suplementario ni el descanso de reemplazo, está cometiendo una infracción catalogada como muy grave. Estas faltas a los derechos laborales pueden terminar en multas económicas de gran escala para los empleadores que ignoren la ley.







