El Tribunal Constitucional declaró improcedente e infundada la demanda de hábeas corpus interpuesta por el ex jefe del Servicio de Inteligencia Nacional (SIN) Julio Salazar Monroe, procesado por el delito de secuestro agravado y homicidio calificado, en agravio de Rafael Ventocilla Rojas y familiares de este.

El TC determinó que el demandante “no impugnó” el mandato de detención en su contra, por lo que, “al no agotarse la vía judicial, no existe resolución firme”. Por ello resultaba prematura su impugnación en sede constitucional.

Salazar objetó la apertura de instrucción en su contra, pues –sostuvo- “se habría vulnerado” el derecho a la motivación de las resoluciones, al no haberse individualizado su responsabilidad.

Sin embargo, el TC reparó en que en la resolución impugnada sí se había individualizado la participación del procesado como autor mediato del secuestro agravado y asesinato de Ventocilla Rojas y otros.

En ese sentido, refiere que para el juez ordinario era indudable que Salazar Monroe, en su condición de jefe del SIN, “conocía de las operaciones especiales llevadas a cabo por el destacamento Colina que acabaron con el secuestro y asesinato de Ventocilla Rojas y otros”.

Por esta razón, también se declaró infundada la demanda en este extremo, asegura una nota emitida por el organismo constitucional.