La Fiscalía ya tiene los protocolos para reanudar operaciones cuando se levante el estado de emergencia.
La Fiscalía ya tiene los protocolos para reanudar operaciones cuando se levante el estado de emergencia.
/ MANUEL MELGAR
Paolo Benza

El se prepara para volver a operar. El organismo ha elaborado un protocolo interno al que solo le falta la firma de la fiscal de la Nación, Zoraida Ávalos, para su oficialización en diario El Peruano. El Comercio tuvo acceso al documento, que detalla qué disposiciones sanitarias tendrán que seguir la entidad y sus usuarios, y lo resume a continuación.

Atención al público

El protocolo, aprobado internamente el miércoles 6 por la noche, estipula que la atención al público seguirá suspendida durante "los 7 días posteriores al término del levantamiento del estado de emergencia con medida de aislamiento social obligatorio (cuarentena)”. Esta etapa será “de transición” y se utilizará para “el retorno progresivo a las actividades”, estipula el documento.

Después de este periodo, la atención al público se retomará de forma limitada hasta que se levante la emergencia sanitaria (distinta al estado de emergencia). “El ingreso de usuarios a los locales del Ministerio Público será restringido durante la vigencia de la emergencia sanitaria o hasta que se emita disposición expresa de las autoridades institucionales competentes”, afirma el documento.

Así, se especifica que “solo en aquellos casos que resulte estrictamente indispensable” se permitirá, de forma excepcional, el ingreso del público a las sedes fiscales. Para ello, se deberá tramitar una autorización especial con el responsable del despacho o unidad. Dentro, se espera que los usuarios respeten las reglas de distanciamiento de, por lo menos, un metro.

En tanto, las mesas de partes de las dependencias fiscales o administrativas deberán restringir su atención e implementar mecanismos telefónicos y virtuales. Solo si fuera imprescindible la atención al público, el documento de talla que “el personal a cargo de la mesa de partes evitará el contacto directo o cercano (a menos de 1 metro como mínimo)”.

Denuncias virtuales

El documento también indica cómo se deberán presentar ahora las denuncias: “por medios electrónicos”. Además, detalla que el ciudadano deberá “consignar una dirección electrónica y número telefónico que permita la notificación de los sucesivos actos procesales”. Solo si el caso lo justificase, se recibirán la denuncia de forma presencial.

A los fiscales, por su parte, se les pide asistir a las audiencias “preferentemente a través de medios y procedimientos tecnológicos”. Sin embargo, también se establece la excepción de que “cuando su presencia sea indispensable, deberá usar el material de protección personal". En tanto, las entrevistas con fiscales se harán de manera virtual.

Respecto a quienes tengan que asistir de forma presencial al trabajo, el documento los libera de tener que ir en terno, y los faculta a usar “ropa casual y de fácil lavado”. “Los fiscales no están obligados a portar la medalla distintiva debido a que su material (metal) es un elemento transportador de virus por un período prolongado, salvo que en su actuar funcional se requiera”, se agrega.

El protocolo precisa que la Junta de Fiscales Superiores deberá garantizar la progresiva digitalización de las carpetas fiscales “para dinamizar el proceso de reproducción” y “evitar su traslado fuera de la sede”.

Trabajo remoto

El documento aprobado internamente también señala los lineamientos a seguir para la implementación del trabajo remoto. Para ello, se deberá seleccionar “un mínimo indispensable” de trabajadores que deban realizar las tareas de forma presencial. Estos no deberán estar incluidos en el grupo de riesgo: personas mayores de 60 años o con comorbilidades.

“Los funcionarios y servidores que estén contemplados en los grupos de factores de riesgo para el COVID-19, realizarán obligatoriamente trabajo remoto, siempre y cuando la naturaleza de las labores desempeñadas lo permitan”, dice. Y agrega que, “los funcionarios que no están contemplados en el turno y posturno” cumplirán su jornada bajo una modalidad “mixta” entre presencial y remota.

En tanto, los que sí deban acudir de forma presencial deberán firmar, como declaración jurada, una ficha de sintomatología de Covid-19. “A los funcionarios o servidores que no realicen ninguna de las dos modalidades de trabajo presencial o remoto, se les otorgará licencia con goce de haber, y dichas horas no laboradas serán compensadas”, se agrega.

En cuanto al Instituto de Medicina Legal, el protocolo indica que su jefatura nacional deberá adecuar sus horarios de trabajo “en función a las necesidades del servicio fiscal”.

Sospechosos de contagio

El documento estipula que ningún sospechoso de estar contagiado de Covid-19 podrá laborar. Se contarán como tales quienes tengan una infección respiratoria aguda sin explicación aparente, o que presenten dos o más de los síntomas: “tos, dolor de garganta, dificultad para respirar, congestión nasal, y/o fiebre superior a 38ºC”.

También se considerará sospechoso a quien haya tenido contacto con un caso confirmado de Covid-19 en los 14 días previos a la aparición de dichos síntomas.

¿Cuáles son los síntomas del nuevo coronavirus?

Entre los síntomas más comunes del COVID-19 están: fiebre, cansancio y tos seca, aunque en algunos pacientes se ha detectado dolor corporal, congestión nasal, rinorrea, dolor de garganta y diarrea. Estos malestares pueden ser leves o presentarse de forma gradual; sin embargo, existen casos en los que la gente se infecta, pero no desarrolla ningún síntoma, precisó la Organización Mundial de la Salud (OMS).

Además, la entidad dio a conocer que el 80 % de personas que adquieren la enfermedad se recupera sin llevar un tratamiento especial, 1 de cada 6 casos desarrolla una enfermedad grave y tiene dificultad para respirar, la gente mayor y quienes padecen afecciones médicas subyacentes (hipertensión arterial, problemas cardiacos o diabetes) tienen más probabilidades de desarrollar una enfermedad grave y que solo el 2 % de los que contrajeron el virus murieron.

¿Quiénes son las personas que corren más riesgo por el coronavirus?

Debido a que el COVID-19 es un nuevo coronavirus, de acuerdo con los reportes que se tienen a nivel mundial, las personas mayores y quienes padecen afecciones médicas preexistentes como hipertensión arterial, enfermedades cardiacas o diabetes son las que desarrollan casos graves de la enfermedad con más frecuencia que otras.