Karem Barboza Quiroz

La declaración del colaborador eficaz y exdirector de en el Perú , , se pospuso una vez más debido a la medida cautelar que interpuso el expresidente ante la justicia de Brasil.

Según la resolución obtenida por El Comercio, el Superior Tribunal de Justicia de Brasil confirmó en segunda instancia el recurso del exjefe de Estado, por lo que el Tercer Juzgado Penal Colegiado Nacional analizará esta situación el próximo mes de abril.

El Ministerio Público ha solicitado 20 años de cárcel contra Ollanta Humala, y 26 años y seis meses para su esposa, la ex primera dama Nadine Heredia. Ambos, son juzgados por el presunto delito de lavado de activos por la recepción de presunto dinero ilícito de Venezuela y Brasil (Odebrecht y OAS).

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Como se recuerda, tras superar un impasse entre la empresa brasileña y sus ex directivos y el Ministerio Público peruano, se programó por segunda vez la declaración como testigos de los empresarios para enero de este año, en el marco del juicio oral seguido contra Humala Tasso, su esposa Nadine Heredia y otros, por la presunta recepción de dinero ilícito para sus campañas electorales del 2006 y 2011.

Sin embargo, el 10 de enero, el Superior Tribunal de Justicia de Brasil emitió una resolución de primera instancia que suspendía provisionalmente la declaración de Barata y otros empresarios a pedido del expresidente.

En dicho recurso, Humala Tasso cuestionaba el trámite vía “cooperación internacional” realizado por el Poder Judicial del Perú -a través de la Unidad de Cooperación Internacional del Ministerio Público- para que el interrogatorio a los empresarios brasileños se haga de manera virtual, a través de la “cooperación directa” del Ministerio Público Federal de dicho país.

El pasado 2 de marzo, la segunda instancia, el Superior Tribunal de Justicia en Brasilia presidido por la ministra María Thereza de Assis Moura, confirmó y declaró fundada la medida de cautelar presentada por el exmandatario.



Por ello, dicho tribunal brasileño dispuso “la nulidad de los actos practicados en los autos de la solicitud de Cooperación Internacional 1.00.000.022437/2022-62″ y ordenó que el trámite para recoger la declaración de los colaboradores eficaces se realice de acuerdo a lo estipulado por las normas de dicho país.

Y es que, según explicó la magistrada, el documento expedido por el “Fiscal provincial del Tercer Despacho de la Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en delitos de Corrupción de Funcionarios - Equipo Especial”, tramitado a través del Tercer Juzgado Penal Colegiado Nacional del Perú, se debía realizar a través de una “Carta Rogatoria Internacional”.

“Entiende que dicha tramitación usurpó la competencia de la Corte Superior de Justicia, asegurada por la Constitución Federal (art. 105, inciso I, apartado i) a quien le compete la concesión del exequatur a las Cartas Rogatorias, sobre todo cuando está presente decisión judicial extranjero sometida a validación interna”.


Superior Tribunal de Justicia de Brasil. Resolución 2 de marzo 2023.



Agregó que las decisiones de los tribunales extranjeros están sujetas al análisis del tribunal judicial de Brasil y que estos deben ser tramitados a través de la “Carta Rogatoria Internacional” pues lo que se pretende realizar, es general una prueba dentro de un proceso judicial extranjero.

“Así, en el expediente, la medida de producción de prueba, ya que resulta de una decisión judicial extranjera, debe ser sometida al juicio de deliberación del Superior Tribunal de Justicia, asegurándose a las partes las garantías del debido proceso judicial (...) En ese sentido, de rigor la anulación de los actos realizados previamente en los autos de la Solicitud de Cooperación Internacional 1.00.000.022437/2022-62, los cuales deberán cumplir el procedimiento diseñado para las Cartas Rogatorias”, concluyó el tribunal brasileño.

Debatirán situación

La jueza Nayco Coronado, del Tercer Juzgado Penal Colegiado Nacional, anunció en audiencia de este lunes, que “la situación final de los testigos brasileños” suscitada por el recurso del Humala Tasso, se debatirá el próximo 17 de abril.

La razón, explicó la magistrada, se debe a que necesitan la información oficial de la Justicia de Brasil que les pueda ser entregada a través de Cooperación Internacional y por tanto, la traducción de dichos documentos siempre se toma un tiempo.

“El 17 de abril lo reservaremos para el debate, la discusión sobre estos temas de las declaraciones de los testigos brasileños y del hoy ciudadano italiano Álvaro Guitérrez (…) los demás que quedarían, que vamos a definir su situación, son el 17 de abril con la discusión, debate, definición de dichas declaraciones testimoniales que requieren cooperación internacional y que al parece ya se tiene una respuesta de la autoridad brasileña”, anotó la magistrada.

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En dicha audiencia, adelantó, se verificará la información de Brasil, se escuchará lo que postulen las partes en el juicio oral, “se verificará nuestro propio sistema, nuestras normas”, y se resolverá de acuerdo a la mejor decisión para el proceso judicial interno.

Una fuente vinculada al proceso judicial comentó que se está esperando una documentación de Brasil que necesita el juzgado y esperan que se reprograme los testimonios. “No olvidemos que ellos son sentenciados, en una Colaboración Eficaz y tienen la obligación de declarar”, recordaron.

Para el mes de abril se había dispuesto las declaraciones de Marcelo Odebrecht (24 de abril), Luiz Antonio Mameri y Fernando Migliaccio (25 de abril), Hilberto Mascarenhas Silva y Valdemir Flavio Pereira (26 de abril), Joao Serqueira de Santana y Mónica Regina Cunha Moura (27 de abril), y Valfredo De Assis Ribeiro (28 de abril).



Así mismo, el tribunal dispuso reprogramar por última vez para el 3 de mayo, a las 9:00 de la mañana, la declaración de la testigo Virly Torres Curbelo, exdiplomatica venezolana en Perú, bajo apercibimiento de que si no se presenta ese día, el juzgado prescindirá se su testimonio.

También se dispuso que para el 11 de abril sea interrogada como testigo Cinthya Montes Llanos a partir de las 9:00 de la mañana, bajo apercibimiento de conducción compulsiva.

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En total son 285 testigos, precisó la magistrada, cuyas declaraciones habían sido programadas. No obstante, agregó que se actuará prueba nueva, como la declaración como testigos de los empresarios brasileños José Adelmário Pinheiro Filho (OAS), Raymundo Nonato Trindade Serra (Odebrecht) y otros.

“Acá también tenemos que hacer una precisión, en el contexto que nos llegaban información de Cooperación Internacional Brasil; y le pedimos señor fiscal y partes precisar, a fin de no vulnerar cláusulas del Acuerdo; en el sentido que, nos parece, hay alguna limitación o cláusula; y estamos tratando de averiguar también, en relación a la utilización de medio probatorio o prueba que haya sido actuada en procesos judiciales de Brasil y que se pretendan ser utilizada en el Perú”, solicitó la magistrada.