John vs. Yonhy, por Bernardo Roca Rey
John vs. Yonhy, por Bernardo Roca Rey
Bernardo Roca Rey

El congresista Yonhy Lescano (Acción Popular), siempre animoso por generar polémica y cobertura mediática, ha presentado un controvertido y peligroso proyecto para restringir el acceso a los contenidos pornográficos a través de Internet dentro de nuestro país.

Al parlamentario hay que recordarle que dicho debate es uno trasnochado y superado; que en el mundo occidental Internet tiene las mismas regulaciones que otros medios de comunicación; y que ese tipo de restricciones han sido rechazadas en el mundo libre por el gravísimo riesgo que entrañan para la libertad de expresión y la democracia, pues podrían servir para justificar cualquier tipo de censura.

Dice el congresista Lescano, sin citar ningún estudio confiable y erigiéndose como un guardián de la moralidad y un avistador del futuro, que “una generación sin pornografía” se dedicará más al deporte y al estudio y se evitará “una afectación a la salud mental y a la educación sexual de las personas” y un incentivo a “los delitos sexuales”.

Sin embargo, en contraparte, el presidente de la Asociación Psiquiátrica Peruana, Ricardo Bustamante, ha declarado que no existen fuentes científicas que demuestren lo expuesto por el congresista. Y constitucionalistas como Víctor García Toma y Samuel Abad consideran que aplicar esa disposición “sería complicado”, “que un adulto tiene todo el derecho de consumir estos contenidos si así lo desea” (el primero); y que la propuesta configura “una regulación estatal desproporcionada” que vulneraría la libertad individual (el segundo). Ya existen, por lo demás, normas que prohíben el acceso de menores a páginas web con contenido pornográfico en cabinas de Internet, y obliga a sus administradores a instalar bloqueadores. 

Le creemos más a los psiquiatras y a los constitucionalistas, así como al sentido común y a la experiencia de otros países en la materia. Efectivamente, tenemos que recordarle también a Lescano que hace 20 años otro John, el magistrado de la Corte Suprema de Estados Unidos John Paul Stevens, defendió, a nombre de la mayoría de dicha entidad, un fallo que marcó un precedente histórico. 

En su argumentación principal afirmó que, “en su intención de preservar a los menores de material dañino, la ley suprime una gran cantidad de materiales que los adultos tienen el derecho constitucional de intercambiar”. Se refería a la “Ley de Decencia en las Comunicaciones” (Communications Decency Act), aprobada por el gobierno de Bill Clinton en 1996, que, según el parecer de la Corte Suprema, violaba la libertad de expresión consagrada en la Primera Enmienda de la Constitución estadounidense, por lo que fue declarada inconstitucional.

Por supuesto que la protección de los menores es una preocupación principal de todo ciudadano de bien, de los padres de familia y de la sociedad. Pero hay que ser muy cuidadosos de no lesionar derechos mayores de los adultos, a los que corresponde primariamente velar por el cuidado de sus hijos. 

En el 2013, la Unión Europea rechazó la pretensión de prohibir la pornografía en Islandia: más que los supuestos riesgos del incremento de la pornografía, pesó el rechazo a cualquier eventual censura a las libertades fundamentales. 

¿Y por qué es tan importante la libertad de expresión? Pues, porque en la tradición, doctrina e historia occidental, este derecho fundamental se vincula estrechamente a la existencia misma del sistema democrático, como garantía del debate de ideas y propuestas, y del resto de libertades. Basta ver lo que pasa en regímenes autoritarios, como Corea del Norte o Cuba, para imaginar el desastre a que lleva la censura. 

Es por ello que, volviendo al caso peruano, la Constitución establece: “Toda persona tiene derecho: a las libertades de información, opinión, expresión y difusión del pensamiento mediante la palabra oral o escrita o la imagen, por cualquier medio de comunicación social, sin previa autorización ni censura ni impedimento algunos, bajo las responsabilidades de ley”.

Por lo demás, es de imaginar el aciago precedente que se sentaría con una ley como la que propone Lescano. Hoy se haría con contenidos sexuales de Internet… ¿Y luego con qué más? ¿Con la violencia? Siempre habrá pretextos que serán aprovechados por grupos interesados, para avanzar en la conculcación de libertades básicas y debilitar la democracia, lo cual no podemos permitir.

Además, la iniciativa de Lescano entrañaría una absoluta contramarcha a los intentos del gobierno de Pedro Pablo Kuczynski de simplificar trámites y procesos burocráticos, y crearía una maraña de arbitrariedad, abuso y corrupción. ¿Se imaginan a un burócrata tratando de definir qué es obsceno o pornográfico y qué no lo es? ¿Y quién controlará a los controladores en las miles de cabinas que hay en todo el territorio?

En el mundo informal, criollo y de la coima en que vivimos, eso sería abrir una caja de Pandora y quedar a expensas del criterio arbitrario, caprichoso o interesado (según el humor y el “incentivo”) de burócratas encargados de aplicar la nueva ley.

El Congreso no puede ser un circo donde se sacan proyectos absurdos como conejos bajo la manga. Por el bien del país, y de las libertades democráticas, sobran razones, constitucionales, democráticas y prácticas, para rechazar y archivar el proyecto Lescano y cualquier otra iniciativa similar.