Aspec precisó que la definición de leche evaporada no incluye la adición de leche de soya, saborizantes o aceite vegetal, tal como se aprecia en las etiquetas de los productos revisados. (Imagen referencial/Archivo)
Aspec precisó que la definición de leche evaporada no incluye la adición de leche de soya, saborizantes o aceite vegetal, tal como se aprecia en las etiquetas de los productos revisados. (Imagen referencial/Archivo)
Redacción EC

Ante el escándalo generado por la decisión de las autoridades de Panamá de suspender la importación y comercialización del producto Pura Vida, del Grupo Gloria, por no ser leche, la Asociación Peruana de Consumidores y Usuarios (Aspec) denunció que dicha empresa nacional y Nestlé no cumplen con la legislación de nuestro país tras revisar el etiquetado de cinco de las marcas más vendidas en el Perú.

“Tanto Gloria como Nestlé son titulares de marcas como Pura Vida y Reina del Campo, respectivamente, que no cumplen con la legislación nacional. Por tanto, dichas marcas no pueden ser comercializadas en Perú bajo la denominación de leche evaporada”, expresó Aspec a través de un comunicado publicado en Facebook.

Productos de Gloria y Nestlé fueron analizados por Aspec
Productos de Gloria y Nestlé fueron analizados por Aspec


Ante ello, la entidad consideró que ambas compañías “violan el principio de veracidad publicitaria” al utilizar imágenes que inducen a los consumidores a creer que están comprando leche evaporada proveniente en forma exclusiva de la vaca, cuando en realidad, según dijo, contiene otros compuestos como leche de soya, saborizantes o aceite vegetal.

Al sustentar su posición de que el Grupo Gloria y Nestlé incumplen la legislación vigente, Aspec recordó que, de acuerdo a la norma técnica peruana y al Codex Alimentarius, se considera como “leche evaporada” al producto conseguido mediante eliminación parcial del agua de la leche, sea por el calor o por cualquier otro procedimiento que permita obtener un alimento con la misma composición y características.

Aspec precisó que la definición de leche evaporada no incluye la adición de leche de soya, saborizantes o aceite vegetal, tal como se aprecia en las etiquetas de los productos revisados.

Remarcó que el artículo 32° del Código de Protección y Defensa del Consumidor establece que “los alimentos deben llevar en su etiquetado de manera destacada la denominación que refleje su verdadera naturaleza, sin generar confusión ni engaño al consumidor”.

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