El consumo diario de alcohol es perjudicial para la salud. (GEC).
El consumo diario de alcohol es perjudicial para la salud. (GEC).
Redacción EC

La publicó en el diario El Peruano una ordenanza que regula la comercialización y consumo de alcohol en el distrito. Esta establece obligaciones e infracciones tanto para vendedores como consumidores.

El dispositivo declara que queda restringida la comercialización o venta de bebidas alcohólicas en fuentes de soda, cafeterías, heladerías, venta de comidas al paso, venta de sándwich y similares. También se prohíbe su venta en cines y centros educativos de todo nivel y naturaleza.

El horario de consumo y venta varía de acuerdo a los establecimientos. Por ello, en establecimientos gastronómicos el horario de venta y consumo es de 9:00 a.m. hasta 11:00 p.m. mientras que en los mercados de abastos es de 8:00 a.m. hasta 11 p.m.

En locales de esparcimiento nocturno se ha hecho el siguiente horario para la venta y el consumo de bebidas alcohólicas:

a) Para: Bares, Cantinas, en el horario de 03:00 p.m. hasta 11:00 p.m.

b) Para: Peñas, Clubes Sociales, Videos Pubs, Discotecas, Karaokes, de domingo a jueves de 4:00 p.m. hasta 01:00 a.m., viernes, sábado y víspera de feriados de 04:00 p.m. a 03:00 a.m.

c) Para establecimientos en caso de explanadas de espectáculos musicales, (Coliseos y/o Estadios Deportivos), establecimientos sociales el horario de funcionamiento será de 12:00 p.m. hasta las 3:00 a.m.

d) Para caso de establecimiento que comprende a los hospedajes, hostales, Hoteles y similares, el horario será de 5:00 p.m. hasta 11:00 p.m.

e) Para sala de juegos, casinos, minimarket, licorerías de expendio o venta será en el horario de 3:00 p.m. hasta 11:00 p.m.

No cumplir esta normativa es considerada una infracción “muy grave”. La multa varía entre 100%, 150% y 200% de una UIT, indica la ordenanza.

Cuatro de sanciones según lo establece la ordenanza que regula el horario de comercialización y consumo de bebidas alcohólicas en Ate.
Cuatro de sanciones según lo establece la ordenanza que regula el horario de comercialización y consumo de bebidas alcohólicas en Ate.

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