Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat)
Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat)
Redacción EC

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - informó que este martes 26 de marzo se inicia el cronograma final para la presentación de la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta del ejercicio gravable 2023.

Este será correspondiente a aquellas empresas del Régimen General y del Régimen MYPE Tributario (RMT) que hayan obtenido ingresos anuales superiores a 1.700 Unidades Impositivas Tributarias (UIT).

La extensión del cronograma será hasta el 11 de abril del 2024, de acuerdo con el último dígito del RUC del contribuyente.

¿Quiénes son los obligados?

Deben presentar su declaración quienes en el 2023 obtuvieron rentas o pérdidas de Tercera Categoría, afectos al Régimen General y/o al Régimen MYPE Tributario del Impuesto a la Renta. Asimismo, las personas o entidades generadoras de rentas de Tercera categoría que hubieran realizado operaciones gravadas con el Impuesto a las Transacciones Financieras (ITF) por haber efectuado el pago de más del 15% de sus obligaciones sin utilizar dinero en efectivo o medios de pago.

El Formulario a usar para la declaración es el formulario Virtual N.° 710, que se encuentra disponible en Sunat Virtual () desde el 2 de enero del 2024.

“Como todos los años la Sunat pone a disposición de los contribuyentes el archivo personalizado que contiene información referencial del saldo a favor, los pagos a cuenta, así como el Impuesto Temporal a los Activos Netos (ITAN) pagado, para que puedan verificarlo, completarlo o modificarlo cuando presenten la Declaración Anual. Este archivo está disponible desde el 12 de febrero”, indica la institución.

Para más información sobre la declaración y el formulario disponible, los contribuyentes pueden visitar el portal especializado .

El cronograma es el siguiente:

Sunat
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