Israel Lozano Girón

Dos nuevos proyectos de ley que plantean han sido presentados en el Congreso de la República. Las iniciativas, de las bancadas de Podemos Perú y Perú Bicentenario, justifican una nueva liberación en la situación de convulsión social producto de las protestas en el país y los efectos de la inflación sobre la capacidad adquisitiva de los peruanos.

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No obstante, dicho retiro constituiría el sétimo aprobado desde el inicio de la pandemia del COVID-19. Los anteriores seis retiros, según datos de la Asociación de AFP, implicaron la salida de S/87.962 millones entre el 2020 y el 2022 y son equivalentes al 10% del PBI.

/ Raul Rodriguez

Monto y número de afiliados con retiros de su Cuenta Individual de Capitalización

Proceso de retiroN° de afiliadosMonto retirado (En millones de S/
Decreto de Urgencia 34-2020 (31 de marzo del 2020)1.9352.966
Decreto de Urgencia 38-20202 (14 de abril del 2020)1.3062.094
Ley 31017 (1 de mayo de 2020)3.77519.647
Ley 31068 (18 de noviembre del 2020)1.2579.016
Ley 31192 (7 de mayo de 2021)3.21832.219
Ley 31478 (21 de mayo de 2022)3.10022.020
TOTAL87.962

Asimismo, solo en el último retiro, los fondos que salieron de las AFP ascendieron a S/22.020 millones a favor de 3,1 millones de afiliados. ¿Qué plantean las nuevas propuestas?

Retiro de hasta 4 UIT

El proyecto de la bancada de Podemos Perú, presentado por la congresista Digna Calle, plantea un retiro de hasta S/19.800 (4 UIT) el cual, de aprobarse, se efectuaría en tres armadas. Siendo las dos primeras de 1 UIT y la última de 2 UIT. El proyecto encarga a la SBS definir el cronograma, en función al último dígito del DNI, para la solicitud del retiro. Según la propuesta, este retiro beneficiaría a 3′449.950 cotizantes del sistema privado de pensiones.

En su exposición de motivos, la medida inicia argumentando que “las protestas sociales suscitadas desde el mes de diciembre del año pasado que exigen el adelanto de las elecciones generales y la renuncia de la Presidenta de la República, han provocado un escenario económico de contracción, el cual fuera reconocido por el ministro de Economía y Finanzas, señor Alex Alonso Contreras Miranda, quien indicó que para el 31 de enero del presente año se habrían perdido S/2.150 millones’, y desde ese reporte las protestas sociales no disminuyen, hecho este que mantendrá la contracción económica”.

No obstante, cabe resaltar que ayer miércoles -fecha en que se presentó el proyecto- el ministro Contreras advertía de la preocupación de inversionistas extranjeros sobre nuevas medidas de retiros de fondos.

“Una preocupación constante de los inversionistas es la posibilidad de nuevos retiros de las AFP, ya que cuando un inversor quiere vender un bono, el comprador natural son los fondos de pensiones. Entonces los retiros adicionales a los fondos previsionales le quitan liquidez al mercado”

Alex Contreras, ministro de Economía y Finanzas

Alex Contreras,

Para David Tuesta, asesor en políticas públicas de la Asociación de AFP, las medidas propuestas representan decisiones cortoplacistas que distraen sobre los verdaderos cambios que requiere el sistema privado de pensiones.

“En general, estamos concentrando las políticas del país en el mero cortoplacismo y en ámbitos donde no debieran desarrollarse en este tipo de medidas. Hace tiempo tenemos postergado un proceso de reforma de pensiones que nunca terminamos de encontrar el momento adecuado para hacerlo”, indicó.

Además, Tuesta precisa que un nuevo retiro de fondos solo beneficiará a aquella población que se encuentra activa. “Ni un sol tiene sentido en estas circunstancias y más aún en este segmento que cuentan con empleo. No olvidemos también que aún cuentan con su CTS”, agregó el también exministro de Economía.

En esa línea, cuestionó que el Congreso busque aprobar un nuevo retiro de fondos en detrimento del riesgo país. “Esta medida tiene un efecto país: los seis retiros de fondos, según ha mencionado el BCR, ha tenido un efecto sobre el precio de los bonos del tesoro. Eso ha hecho que el financiamiento del Perú sea más caro. Al hacerse más caro, demandará mayor presupuesto cumplir con ella”, aseveró.

Argumentos del TC

La también es citada dentro del proyecto de ley de la congresista Digna Calle.

“Dentro de los argumentos del Tribunal Constitucional, sustenta la constitucionalidad de la Ley 31192 en los artículos 2°, inc.10 y 44° de la Constitución Política del Perú; pues es deber primordial del Estado, proteger a la población de las amenazas contra su seguridad y promover el bienestar general y encontrándose amenazada, de forma excepcional, como sucede en la grave crisis alimentaria que atraviesa el país, asimismo, refiere que ‘El libre acceso a la pensión del SSP no implica que el afiliado queda encadenado —en toda circunstancia— a este sistema de ahorro forzoso como el titular de una propiedad nominal, aun en situaciones extraordinarias de emergencia socioeconómica y sanitaria’. En ese contexto y conforme a los considerandos del Tribunal Constitucional, se encuentra justificado el retiro facultativo de hasta cuatro (04) Unidades Impositivas Tributarias (UIT) del total de los fondos acumulados en la cuenta individual de capitalización (CIC) de los aportantes a una AFP”

No obstante, fue el mismo Tribunal el que desistió de dichos argumentos . “En relación al Sistema Privado de Pensiones (SPP), por mayoría, se consideró que forma parte del Sistema de Seguridad Social conforme a ley”, sostiene dicho material del TC.

Segundo proyecto de hasta 3 UIT

El segundo proyecto de ley presentado, de autoría del congresista Victor Cutipa (Perú Bicentenario), propone un retiro de S/14.850 (3 UIT). Se plantea que el retiro sea en armadas de hasta 1 UIT. Al igual que el proyecto anterior, encarga a la SBS definir el procedimiento operativo para el retiro de fondos. En este caso, el proyecto estima una salida de hasta S/22 millones de las Cuentas Individuales de Capitalización.

En ese caso, el proyecto -para argumentar el retiro- incluso se apoya en el presunto impacto que los otros retiros generaron en el sistema financiero y, pese a que argumenta que el retiro permitirá a los afiliados sostener su situación actual ante las protestas, reconoce que el uso de los fondos en los últimos años permitió el pago de deudas.

“De igual manera, el retiro de fondos previsionales de AFP, ha impactado positivamente en bancos, cooperativas, cajas municipales y otros del sistema financiero, producto de la cancelación de deudas pendientes, con los fondos previsionales retirados de las AFP; con lo cual el sistema financiera mejoró su oferta crediticia”

Este proyecto también acude a la sentencia del TC que declaró infundada la demanda del Colegio de Abogados de Lima Sur contra los retiros de AFP.

“La propuesta no afecta el ordenamiento constitucional, máxime que el Tribunal Constitucional en fecha 14 de setiembre del 2022, en el expediente N° 00020-2021- P1/TO, sobre la Demanda de Inconstitucionalidad contra los artículos 1 y 3 de la Ley 31192, Ley que faculta a los afiliados al Sistema Privado de Administración de Fondo de Pensiones el retiro de sus fondos, fallo declarando INFUNDADA la demanda, por tanto, constituyendo que el retiro de su dinero por parte de los afiliados no es inconstitucional”

Para el profesor de Economía de la Universidad del Pacífico, Enrique Castellanos, ambas medidas son negativas para el país y no atienden a la población que realmente requiere de recursos. “Los congresistas están ayudando a los ciudadanos con con mayores ingresos. Del total de afiliados que tiene AFP, la mitad ya no cuenta con fondos porque lo retiraron en los seis previos retiros. Se está ayudando al 2% o 3% con mayores ingresos del país”, indica.

Para Castellanos, la medida que define pensiones mínimas en el Sistema Privado de Pensiones también resulta peligrosa para el sistema previsional. “Determinar que una persona debe tener una pensión mínima y retirar el excedente resulta perjudicial en el largo plazo. El MEF deberá ponerle candados”, agregó.

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