Telefónica se habría negado a pagarle a intérpretes y ejecutantes.
Telefónica se habría negado a pagarle a intérpretes y ejecutantes.
Redacción EC

La Comisión de Derecho de Autor (CDA) del ordenó a del Perú S.A.A., en primera instancia, que pague S/ 1.74 millones a Inter Artis Perú, como remuneración a ser distribuida entre los intérpretes y ejecutantes que representa.

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Además, la Comisión sancionó a la operadora con una multa de 180 unidades impositivas tributarias (UIT), que suman S/ 774,000.

Esta decisión es el resultado del procedimiento administrativo sancionador iniciado a por Inter Artis Perú, que representa a intérpretes y ejecutantes.

Se declaró fundada la denuncia interpuesta por la INTER ARTIS PERÚ contra TELEFONICA DEL PERÚ S.A.A. por infracción al artículo 18.1 literal a) concordado con el artículo 50 Ley n° 28131, la Ley del Artista Intérprete y Ejecutante, al haberse acreditado que la denunciada se negó a abonar la remuneración por la comunicación pública de interpretaciones y/o ejecuciones que forman parte del repertorio de la denunciante, por el periodo comprendido desde el mes de diciembre de 2018 hasta febrero de 2019″, se lee en la resolución.

Los pagos gestionados por una determinada sociedad, tienen como finalidad principal retribuir económicamente a los titulares de derechos de obras, producciones, interpretaciones y ejecuciones a nivel nacional, reconociendo el trabajo que realizan en pro de los diversos sectores culturales y de nuestra sociedad, según Indecopi.

Según la entidad, se verificó que Telefónica se negó a abonar la remuneración por la comunicación pública de interpretaciones y ejecuciones fijadas o incorporadas en obras audiovisuales, gestionadas por la denunciante y que forman parte de su repertorio.

En respuesta, Telefónica aseguró que sí se realizan los pagos de regalías, tal como lo exige la ley. 

“Movistar es respetuosa de las normas y de sus obligaciones de pago frente a las Sociedades de Gestión Colectiva –como Apdayc, Egeda y Unimpro– y viene realizando pagos de regalías conforme a ley”, indicó la compañía.

Esta Resolución aún puede ser apelada por las partes en un plazo de 15 días hábiles, que se cuenta a partir de su notificación.

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