Redacción EC

En la actualidad, la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) es un beneficio que se le otorga a los trabajadores del Perú, pues se encuentra estipulado en la ley nacional. Esta bonificación que se le entrega a los empleados dos veces al año tiene como finalidad ayudar en caso estos se encuentren desempleados. Cada vez falta menos para el respectivo depósito y este jueves 2 de mayo el Congreso acaba de aprobar su retiro. Así que a continuación te explicamos cómo calcular el monto que deberías recibir este mes.

PLENO DEL CONGRESO APROBÓ RETIRO DE LA CTS AL 100%

Con 95 votos a favor, nueve en contra y una abstención, el Congreso de la República aprobó el texto sustitutorio del dictamen de los proyectos de ley 6495, 7010, 7130, y otros, que autoriza la disposición del 100% de la Compensación por Tiempo de Servicio (CTS) de los trabajadores, hasta el 31 de diciembre de 2024. El texto quedó exonerado de segunda votación, pero todavía debe pasar por el Ejecutivo donde será observado o finalmente promulgado.

De ser promulgado, entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en las normas legales del Diario Oficial El Peruano. El Ejecutivo tendrá 10 días hábiles para reglamentar la ley y establecer cómo se realizará el retiro de los fondos de CTS de los trabajadores. De ser observado, el dictamen retornará al Congreso, que puede aprobarlo por insistencia y publicarlo.

¿CUÁNDO DEPOSITAN LA CTS 2024?

A continuación, te presentamos las dos fechas en la cual las empresas están obligadas a realizar el deposito de la CTS y estas son:

  • Durante los primeros 15 días de Mayo (Máximo hasta el 15 de mayo).
  • Durante los primeros 15 días de Noviembre (Máximo hasta el 15 de noviembre).

¿CÓMO CALCULAR EL PAGO DE LA CTS 2024?

De acuerdo con información de Mauricio Matos, associate partner del Área Laboral de EY Perú, para la agencia Andina, explicó cómo calcular la CTS de esta forma:

  • Aquel empleado que obtiene un sueldo principal imprecisa o variable, la CTS será el resultado del promedio del sueldo percibido por el trabajador en los seis meses que comprende cada periodo. Por lo tanto, se promedia el salario de noviembre a abril (CTS de mayo) o de mayo a octubre (CTS de noviembre).
  • Aquel empleado que recibe un sueldo fijo pero tiene una remuneración complementaria imprecisa o variable, es decir, tiene horas extras, por lo que estos montos serán incluidos en el cálculo siempre y cuando hayan sido percibidos 3 o más veces en el periodo de noviembre del año anterior a abril (CTS de mayo) o en el periodo de mayo a octubre (CTS de noviembre). De esta manera, los conceptos se suman y se dividen por 6.

Es importante mencionar que, para calcular el monto, deberás tomar en cuenta el sueldo mensual que percibe el trabajador, después sumarle 1/6 de la gratificación (dividiendo la gratificación entre seis). El total se divide entre 360 y luego se pasa a multiplicar por los días trabajados (para todo el semestre, serían 180 días).

¿QUIÉNES RECIBEN LA CTS EN EL PERÚ?

  • Todos los empleados del régimen privado que trabajan, como mínimo, una jornada de cuatro horas todos los días.
  • Los empleados de pequeñas empresas que reciban 15 remuneraciones diarias por año completo de servicios. El máximo de remuneraciones diarias es de 90.
  • En el caso de los trabajadores agrarios, la CTS se encuentra incluida dentro de la remuneración diaria a razón del 9.72% del sueldo básico. No obstante, el colaborador puede solicitar el abono de forma diferenciada y semestral, como en el régimen laboral común.
  • Los trabajadores del hogar han sido incluidos recientemente. A ellos se les deberá abonar la CTS en las mismas condiciones que el régimen laboral común.

¿QUÉ SUCEDE SI LA EMPRESA NO PAGA LA CTS?

La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) informó a los trabajadores que en caso no depositen la CTS dentro de la fecha establecida, esto es considerado una falta grave por lo que podría recibir una sanción de la siguiente manera:

  • Pequeña empresa: la multa va de 0.45 a 4.50 unidades impositivas tributarias (UIT), entre S/2,070 y S/20,700.
  • Empresas no Mype: la sanción monetaria va entre los 1.57 a los 26.12 UIT, lo que equivale a montos entre los S/7,222 y los S/120,152.

¿QUÉ ES LA CTS?

La CTS o también conocida como Compensación por Tiempo de Servicios, es un beneficio laboral que se encuentra establecido en nuestro país. Aquí se abre un fondo de ahorro donde los empleadores tienen que depositar en una cuenta bancaria a nombre de sus trabajadores para que se pueda asegurar su estabilidad económica ya sea si se encuentra sin trabajo o para otros casos.